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Con fecha 21 de Octubre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se reforman los artículos 201, primer párrafo y 205, primer párrafo de la Ley del Seguro Social.”
Dicha reforma consiste en establecer la igualdad de género entre los derechohabientes, otorgando de esta manera el servicio de acceso a guarderías a todas las personas trabajadoras en general sin distinción alguna.
Antes de dicha reforma la Ley del Seguro Social otorgaba el servicio de guarderías únicamente a la mujer trabajadora, el trabajador viudo o divorciado o aquel que judicialmente se le hubiere confiado la custodia de sus hijos.
De acuerdo a disposiciones transitorias de dicho decreto, al ampliarse la base de derechohabientes beneficiados por el servicio de guarderías, se establece que el Instituto Mexicano del Seguro Social, con sujeción a las disponibilidades presupuestales, realizará una incorporación gradual de los derechohabientes a los servicios que se establecen en el mismo, elaborando previamente un programa piloto para medir los impactos de éste en los servicios y operación del Instituto.
Documento Adjunto: Decreto Reforma Seguro de Guarderías