Apreciables Clientes y Amigos:

A través de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2023 la cual se publicó el día 27 de diciembre de 2022, teniendo una vigencia de manera general del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, se otorgaron algunas facilidades para habilitar el buzón tributario, las cuales se mencionan a continuación:

  1. Se exime de la infracción por no habilitar o no registrar o no actualizar los medios de contacto del buzón tributario, hasta el 31 de diciembre de 2023.
  2. Se otorga la opción de no habilitar el buzón tributario para los siguientes contribuyentes:
    • Personas físicas sin obligaciones fiscales ante el RFC.
    • Personas físicas sin actividad económica ante el RFC.
    • Personas físicas en suspensión ante el RFC.
    • Personas físicas del régimen de salarios que en el ejercicio inmediato anterior haya obtenido ingresos menores de $400,000.00
    • Las personas morales con situación fiscal ante el RFC de suspendidos tendrán la opción de habilitar el buzón tributario.
    • Las personas físicas y morales con situación fiscal ante el RFC de cancelados, quedan relevados de habilitar el buzón tributario.

“La opción de no habilitar el buzón tributario no será aplicable cuando el contribuyente requiere realizar un trámite y se requiera dicho buzón y, cuando el contribuyente haya emitido CFDI de ingreso o recibido CFDI de nómina, dentro de los últimos 12 meses”.

Fuente: Diario Oficial de la Federación – Resolución Miscelánea Fiscal para 2023