Apreciables Clientes y Amigos:

Con fecha 1ro de noviembre de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su portal de internet la Segunda Versión Anticipada de la Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en la que dispone mediante su Quinto Transitorio que los contribuyentes que estén obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de tipo Nómina, podrán continuar emitiendo dicho comprobante en su versión 3.3. con su respectivo complemento 1.2. hasta el 31 de marzo de 2023.

“Artículo Quinto Transitorio (2da Versión Anticipada de la RMRMF 2022)”
Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, quienes realicen pagos por los conceptos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán optar por emitirlos hasta el 31 de marzo de 2023 en su versión 3.3 con complemento de nómina en su versión 1.2, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017.

La disposición señalada en el Quinto Transitorio de la presente resolución se encuentra pendiente de publicar en el Diario Oficial de la Federación, no obstante al tratarse de un beneficio, este será aplicable a partir de su publicación en el Portal del SAT, esto de conformidad con la regla 1.8 de la RMF para 2022.