Apreciables Clientes y Amigos:
Con fecha 1ro de Mayo de 2021 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de página de internet el “Complemento Carta Porte”, que de acuerdo con la regla 2.7.1.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 (RMF) es aplicable para los siguientes contribuyentes:
PROPIETARIO DE MERCANCIAS.– Los propietarios de mercancías deberán emitir un CFDI de tipo “Traslado” incorporando el “Complemento Carta Porte”, utilizando para tales efectos el RFC genérico y como valor cero.
INTERMEDIARIO O AGENTE DE TRANSPORTE.– Cuando se actué como intermedia o agente de transporte se deberá emitir un CFDI de tipo “Traslado” incorporando el “Complemento Carta Porte”, utilizando para tales efectos el RFC genérico y como valor cero, en éste caso los propietarios de mercancías que contraten a dichos sujetos quedaran relevados de la emisión de dicho CFDI.
TRANSPORTISTAS.- Los contribuyentes que se dediquen al servicio de autotransporte terrestre de carga que circulen por carreteras federales o por vía férrea, marítimo, aéreo o fluvial, deberán emitir un CFDI de tipo Ingreso el cual ampare la prestación de éste tipo de servicio, e incorporar el “Complemento Carta Porte”.
En todos los casos el complemento “Carta Porte” servirá para amparar el traslado y posesión de las mercancías.
Adicional a lo anterior y en correlación con la regla 2.7.1.8. de la RMF 2021 el “Complemento Carta Porte” iniciará su vigencia el 1 de junio del 2021, siendo obligatorio a partir del 29 de septiembre del 2021 (120 días naturales posteriores al día siguiente de su vigencia); lo anterior, en términos del Artículo Décimo Primero Transitorio de la PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.
Adjuntamos liga al portal del SAT donde podrán encontrar mayor información del “Complemento Carta Porte”:
http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm
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